Impuesto de Salida en Aeropuertos de Honduras
El Estado de Honduras, con la finalidad de beneficiar a los pasajeros nacionales e internacionales que viajan en las rutas de bajo costo aprobadas, establece un estímulo de descuento en la tasa aeroportuaria por pasajero, quedando ésta en treinta y cuatro dólares americanos (USD 34.00). Se exceptúa a los pasajeros que estén acogidos a los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Honduras.
La aerolínea cobrará dicha tasa en el momento de la venta del boleto, debiéndole cancelar al Administrador del Aeropuerto el monto total recaudado con base en una conciliación de los datos entre ambas partes; las Aerolíneas que forman parte de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) deberán seguir el proceso establecido a través de la institución.
El Administrador del Aeropuerto distribuirá del total de la recaudación de la tasa aeroportuaria los montos correspondientes a cada una de las instituciones que perciben ingresos de dicha tasa de la siguiente manera: Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA) seis por ciento (6%), División de Seguridad Aeroportuaria (DSA) cuatro por ciento (4%), Instituto Nacional de Migración (INM) diecinueve por ciento (19%) esto sin perjuicio del porcentaje que le corresponda al Instituto Hondureño de Turismo (IHT) de conformidad a los Decretos, Convenios o Acuerdos establecidos para estos efectos.